Proposición 64
Durante las elecciones generales de noviembre de 2016, los votantes de California hicieron saber al país lo que pensaban de las condenas penales por uso personal, posesión, cultivo o distribución de pequeñas cantidades de marjiuana:
DESPÍDELOS A TODOS.
El 8 de noviembre de 2016, California aprobó la Proposición 64 (Proposición 64) con un mandato rotundo. Titulada Ley de Control, Regulación y Tributación del Uso Adulto de la Marihuana, la Proposición 64 permite a los adultos mayores de 21 años poseer y cultivar cantidades específicas de marihuana para uso recreativo. La ley también añadió y modificó secciones del Código Penal, el Código de Salud y Seguridad, el Código de Negocios y Profesiones y el Código de Ingresos e Impuestos.
Salvo excepciones concretas, la Proposición 64 prácticamente eliminó las ramificaciones penales de la posesión y el cultivo de marjiuana a nivel personal por parte de mayores de 21 años. Lo más significativo es que añadió la Sección 11361.8 del Código de Salud y Seguridad (HS). En virtud de esta disposición, una persona que esté cumpliendo condena, o que ya la haya cumplido, tras una condena por una violación de las Secciones 11357, 11358, 11359 o 11360 del Código de Salud y Seguridad puede optar a que se le aplique la condena:
- 1) Reducida o recalificada como delito menor o infracción y sentenciada de nuevo;
- o 2) desestimado, según proceda.
Una vez reclasificados o desestimados los cargos, la ley también permite sellar los antecedentes. El artículo 11361.8 del HS permite esencialmente que la Proposición 64 se aplique retroactivamente a los casos que regulan conductas que ya no se consideran ilegales. Por ejemplo, la Sección establece:
Una persona que esté cumpliendo condena por una sentencia condenatoria, ya sea en juicio o por declaración abierta o negociada, que no hubiera sido culpable de un delito, o que hubiera sido culpable de un delito menor según la Ley de Control, Regulación y Fiscalización del Consumo de Marihuana por Adultos si dicha ley hubiera estado en vigor en el momento del delito, puede solicitar la revocación o el sobreseimiento de la condena ante el tribunal que dictó la sentencia condenatoria en su caso para solicitar una nueva sentencia o el sobreseimiento (énfasis añadido).
Código de Salud y Seguridad, Sección 11361.8(a)
Los delitos contemplados en la Sección 11361.8 incluyen la simple posesión de marihuana(HS 11357), el cultivo de marihuana(HS 11358), la venta de marihuana(HS 11359) y el transporte, distribución o importación de marihuana (HS 11360). Además, de acuerdo con el SA 11362.1(c), la marihuana y sus subproductos relacionados de algún modo con conductas consideradas lícitas por la Proposición 64 y las enmiendas al Código de Salud y Seguridad introducidas por ella, no se consideran contrabando y, por tanto, no están sujetos a incautación. Y la conducta considerada lícita por las secciones modificadas del Código de Salud y Seguridad no puede constituir una base para la detención, el registro o el arresto. Id.
Y lo que es aún más sorprendente, el 30 de septiembre de 2018, el ex gobernador Jerry Brown firmó la ley AB 1793, que añadía el artículo 11361.9 al Código de Salud y Seguridad de California. El HS 11361.9(a) llevó a su predecesor un paso más allá, al establecer como requisito que el Departamento de Justicia (DOJ) revise todas las condenas de la base de datos estatal de antecedentes penales sumarios susceptibles de reclasificación o desestimación en virtud de la Proposición 64.
El HS 11361.9 ordena además que la fiscalía revise todas las condenas identificadas por el DOJ como susceptibles de exención. Aquí está el truco. Aunque los tribunales están obligados en su mayor parte a conceder automáticamente desestimaciones o reducciones por condenas anteriores por marihuana, la fiscalía tiene la capacidad de impugnar cualquier nueva condena, desestimación y/o redistribución. Por eso es importante que hagas una petición al tribunal en tu propio nombre, en lugar de permitir que la fiscalía impugne tu condena sin ni siquiera saberlo.
Si tenías 18 años o más y se te acusó de HS 11357, HS 11358, HS 11359 o HS 11360, puedes optar a una exención en virtud del HS 11361.8. Para solicitar dicha exención, debes presentar una solicitud de resentencia o sobreseimiento ante el tribunal. Es importante señalar que la Proposición 64 no modifica las secciones del código relativas a la venta de marihuana a menores, el empleo de menores para vender marihuana o la fabricación ilegal de cannabis concentrado.
También son importantes: el consumo recreativo de marihuana en público sigue siendo ilegal; los registros de vehículos en busca de marihuana y/o productos cannabinoides siguen siendo legales con hechos específicos articulables; y las pruebas estandarizadas de sobriedad sobre el terreno pueden seguir utilizándose para determinar la deficiencia de cannabis.
Además, la fabricación de cannabis concentrado según la Sección 11379.6 del Código de Salud y Seguridad sigue siendo un delito grave. Y la Prop. 64 no modifica la Sección 11470(f) del Código de Salud y Seguridad (que permite el decomiso de [t]odo el dinero, los instrumentos negociables, los valores u otras cosas de valor suministrados o que se pretenda que sean suministrados por cualquier persona a cambio de una sustancia controlada&), relativa a los casos 11359 y 11360.
En cuanto a los menores, la Proposición 64 no despenaliza totalmente los delitos relacionados con la marihuana, pero modifica varios estatutos existentes de modo que la mayoría de los delitos relacionados con la marihuana son ahora infracciones para los menores. Además, las penas que pueden imponer los tribunales por estas infracciones se limitan a un mínimo de cuatro horas de educación o asesoramiento sobre drogas y cierta cantidad de servicios comunitarios.
Véase el Apéndice I de la Proposición 64: Ley sobre el Consumo de Marihuana por Adultos, Procedimientos de Resentencia y Otras Disposiciones Seleccionadas, del Juez Richard Couzens. En general, éstas son las únicas sanciones que pueden aplicarse a un menor que haya cometido un delito relacionado con la marihuana según el Código de Salud y Seguridad.
Independientemente de tu edad -adulta o menor- o de cuándo se haya producido tu condena anterior -hace 26 años o hace 6-, es importante que te reúnas con un abogado penalista experto que pueda asegurarse de que tu asunto sea sobreseído y sellado. También quieres tener a tu lado a un abogado experimentado que conozca las nuevas normas y pueda utilizarlas en tu defensa o en las negociaciones con la fiscalía.
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