¿Te han detenido por Embriaguez en Público?
Aquí tienes 10 cosas que debes saber sobre la embriaguez en público:
1. No eres Culpable de Embriaguez en Público PC 647(f)
No eres culpable del PC 647(f) si simplemente estabas borracho en público. Al fin y al cabo, toda nuestra civilización occidental se ha construido y descansa sobre los cimientos del licor como lubricante social: no hay más que ver todos los bares y licorerías que te rodean. Para acusarte de este delito, debe haber una alegación adicional de que eras incapaz de cuidar de ti mismo o de los demás O de que bloqueabas la calle, las calzadas u otras secciones públicas de tu ciudad o pueblo. Por tanto, si sales y te emborrachas en un bar y volvemos a casa andando sin problemas, no eres culpable de este delito.
2. La pena por una condena por embriaguez en público
La pena por el PC 647(f) es de hasta seis meses de cárcel y/o una multa de 1.000 $ y libertad condicional sumaria. Sin embargo, en la mayoría de los casos, estas penas son sólo teóricas y muy pocas personas obtienen el máximo. Lo que tal vez sea peor, es el estigma que supone para posibles empleadores, centros de enseñanza o incluso posibles parejas lo que una condena por Ebriedad en Público dice de ti. Así que hay muchas razones para luchar y ganar tu caso.
3. Debes estar en un lugar público
Si te emborrachas en una residencia privada, o en una fiesta privada, o en tu propia casa o garaje, no eres culpable de este delito. Desgraciadamente, algunos tribunales han determinado que algunas zonas muy privadas -como tu propio camino de entrada o incluso tu propio patio o porche- pueden considerarse un lugar público. Así que si te gusta sentarte al aire libre y tomarte unas cervezas bajo el cielo azul, recuerda que la policía puede estropearte la diversión.
4. La policía debe presenciarte personalmente
En ausencia de una orden judicial, el agente que te detiene generalmente debe presenciar cómo cometes el delito en su presencia. Así que si alguien le dice al agente que estás borracho en público o se queja de ti, y te detienen basándose sólo en eso, puedes luchar contra tu caso 647(f).
5. Debes estar voluntariamente bajo los efectos de una sustancia controlada
Así pues, si alguien pone Rohypnol (comúnmente conocido como roofies) en tu agua, no se te puede declarar culpable del PC 647(f). ¿Ese requisito de voluntariedad se aplica a estar en un lugar público? Por ejemplo, si te obligan a salir de un bar porque alguien te está agrediendo, se puede argumentar que no entraste voluntariamente en un lugar público. ¿Y si alguien te echa de su coche estando borracho? ¿Estás voluntariamente borracho en público?
6. El 647(f) no es infractible
El cargo de 647(f) no es un wobblette (un wobblette es una violación que puede ser imputada como delito menor o como infracción). Eso son malas noticias si te detienen por 647(f) porque significa que el juez no puede reducir el cargo a una infracción.
7. La parte de borracho en público es muy subjetiva
Aunque no es obligatorio que la policía presente un determinado nivel objetivo de intoxicación (como un nivel de alcohol en sangre del 0,08% en un caso de DUI), esto significa que es fácil impugnar las observaciones de los agentes de policía de que estabas intoxicado o ebrio. En última instancia, es el jurado o el juez quien decide qué nivel de intoxicación es suficiente para declarar a alguien culpable del PC 647(f).
8. Hay varias defensas ante una infracción del 647(f)
Algunas defensas utilizadas habitualmente son que 1) no estabas en un lugar público 2) no hay pruebas suficientes de que estuvieras intoxicado o bajo los efectos de una sustancia controlada y 3) podías valerte por ti mismo y 4) no estabas obstruyendo ninguna calzada o calle.
9. Intervención precoz
Con cualquier caso penal, es importante contratar a un abogado lo antes posible en el proceso, y la acusación de PC 647(f) no es una excepción. Cuanto antes contrates a un abogado, más posibilidades tendrás de ganar el caso.
10. Delitos relacionados
Los cargos de PC 647(f) a veces están relacionados con el PC 415 (alteración del orden público) VC 23152 (conducir bajo los efectos del alcohol), HS11550 (bajo los efectos de una sustancia controlada) o PC303a (merodear para comprar alcohol). A menudo, el PC 647(f) se reduce al PC 415 (alteración del orden público). Nuestro objetivo no es alegar tu caso, sino ganarlo directamente.
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Seppi Esfandi
es un Experto en Derecho Penal con más de 20 años de práctica en la defensa de diversos casos penales.
