Es más común de lo que crees
Es posible, incluso muy probable, que tú o alguien que conoces haya sido sometido a un registro e incautación irrazonables. Tanto las leyes federales como las de California están diseñadas para protegerte (a ti y a tu propiedad), garantizando que tengas una expectativa razonable de privacidad.
¿Qué hace que algo sea razonable o irrazonable? Depende.
Por ejemplo, los materiales de la Comisión de Normas y Capacitación para Oficiales de Paz de California indican que lo que podría parecer un comportamiento completamente normal para una persona común podría parecer altamente sospechoso para un oficial de policía con experiencia. Esto puede incluir el tipo de ropa que alguien usa, la compañía que mantiene, un lugar en particular o la hora del día.
Según la Cuarta Enmienda y la Constitución de California, para que los oficiales de policía o funcionarios gubernamentales puedan registrarte y/o incautar tu propiedad, deben convencer a un juez de que tienen una sospecha razonable de que se ha cometido un delito o está a punto de cometerse, y de que existe evidencia de ese delito que puede obtenerse en un lugar específico. Si el juez determina que se cumplen estos requisitos de causa probable, emitirá una orden judicial.
La Cuarta Enmienda de la Constitución de EE.UU. establece lo siguiente:
«El derecho del pueblo a estar seguro en sus personas, casas, documentos y efectos, contra registros e incautaciones irrazonables, no será violado, y no se emitirán órdenes de allanamiento, sino con causa probable, respaldada por juramento o afirmación, y describiendo particularmente el lugar que se va a registrar y las personas o cosas que se van a incautar.»
Cuando un juez emite una orden de registro, los oficiales de policía que la ejecutan están obligados a mostrártela. La orden debe ser específica y detallar exactamente quién o qué será registrado o incautado. Los policías no están obligados a darte una copia de la orden, pero aun así deberías pedirla. Si la policía incauta tu propiedad, deben proporcionarte una lista detallada de lo que han tomado.
Existen reglas sobre la forma en que la policía puede ejecutar órdenes de registro y también sobre cuánto tiempo una orden de registro o rastreo puede permanecer activa sin renovación. Si los oficiales se desvían de los términos específicos de la orden de registro, la validez de la evidencia obtenida en el registro puede ser cuestionada.
La Corte Suprema de EE.UU. ha dictaminado que «los registros realizados fuera del proceso judicial, sin la aprobación previa de un juez o magistrado, son per se irrazonables.» [Katz v. United States – 389 U.S. 347, 88 S. Ct. 507 (1967)]
Sin embargo, razonables o no, la jurisprudencia ha permitido que existan excepciones a los requisitos de órdenes de registro:
- Registros de seguridad (Cursory/Pat/Frisk searches): Se realizan por la posible presencia de peligro inminente para los policías. Son registros superficiales de la ropa exterior en busca de armas o posibles armas.
- Registros en circunstancias exigentes (Exigent Circumstances searches): Se llevan a cabo cuando la policía debe manejar una situación de emergencia sin demora.
- Registros a simple vista (Plain View searches): Desde un punto de vista legal y sin intrusión, los policías pueden ver, oír, oler o tocar actividades ilegales o contrabando.
- Registros incidentales al arresto (Incident to Arrest searches): Se permite registrar el área inmediata alrededor de la persona arrestada.
- Registros en libertad condicional o probatoria (Parole and Probation searches): La persona ha aceptado, como condición de su libertad condicional o probatoria, someterse a registros aleatorios sin justificación.
- Registros con consentimiento (Consent searches): Se realizan cuando una persona con autoridad legal otorga voluntariamente su consentimiento.
Es legal que los policías registren las áreas para pasajeros de tu vehículo (¡pero no la cajuela!) sin una orden judicial, pero eso no significa que debas consentir el registro. Como en un registro superficial de seguridad, esta inspección limitada del vehículo se basa en la sospecha razonable del oficial de que hay un arma (o una posible arma) dentro del vehículo.
Existe una diferencia entre cumplir y consentir. Dar tu consentimiento renuncia a tu derecho de la Cuarta Enmienda contra registros sin orden judicial.
La Cuarta Enmienda y el Artículo 1, §13 de la Constitución de California están diseñados para protegerte, pero eso no significa que los oficiales de policía o funcionarios del gobierno no te detendrán en la calle, intentarán interrogarte o incluso registrarte a ti o tu vehículo. También pueden presentarse en tu casa, tocar la puerta y pedir hablar contigo o registrar tu propiedad.
Así como nunca es de tu interés discutir con la policía, tampoco lo es dar tu consentimiento a un registro sin orden judicial. Si la policía (o cualquier agente del gobierno) te detiene para interrogarte, tienes derecho a preguntar si eres libre de irte o si estás bajo arresto. Si te piden que aceptes un registro, di: «No doy mi consentimiento.»
Las interacciones con la policía suelen ser grabadas. Si tienes la posibilidad de grabar el encuentro con tu propio teléfono, definitivamente deberías hacerlo.
- Mantén la calma.
- Sé educado.
- Mantente en silencio.
- Dile a los oficiales de policía o funcionarios del gobierno que quieres llamar a tu abogado.
- Luego, ejerce tu derecho a permanecer en silencio.
Recuerda que tu abogado te ayudará a combatir la violación de tu expectativa razonable de privacidad más adelante y trabajará para evitar que cualquier evidencia obtenida de manera ilegal sea utilizada en tu contra en la corte.
No es obligatorio que la policía te informe de tu derecho constitucional a rechazar un registro sin orden judicial. Si te encuentras en una situación en la que, sin querer, has dado tu consentimiento, ten en cuenta que si el oficial de policía o el funcionario del gobierno obtuvo tu consentimiento mediante una representación falsa de su autoridad, fuerza física o intimidación verbal, tu abogado podría lograr que se anule la supuesta voluntariedad de tu consentimiento en la corte.
- ¿Puede la policía registrar tu auto sin permiso en California?
- ¿Puede la policía obligarte a desbloquear tu teléfono?
- ¿Puedes grabar legalmente a la policía?
- ¿Puede la policía registrar tu dispositivo o disco duro?
- ¿Puede la policía revisar tu basura sin violar tus derechos?
Moción para suprimir
Una Moción para suprimir es «una solicitud para que la corte prohíba la introducción de evidencia obtenida ilegalmente en un juicio penal.» [Black’s Law]
Tu abogado puede argumentar una Moción para suprimir con base en la razonabilidad del registro.
[California PC §1538.5]
No tomes ninguna decisión sobre los hechos de tu caso sin el consejo de un abogado con experiencia.
¿Necesitas un abogado de defensa criminal? LLAMA AHORA: (310) 274-6529